Existe a disposición de socios y clientes "Tarifa de condiciones y gastos repercutibles por las operaciones o servicios realizados", así como las "normas de valoración en los abonos o adeudos" a cuentas activas y pasivas, en cuentas corrientes, de crédito y libretas de ahorro.
Existe un folleto informativo, de carácter gratuito, sobre préstamos hipotecarios, así como ofertas vinculantes sobre créditos al consumo y préstamos hipotecarios, así como oferta de las condiciones específicas aplicables a órdenes de transferencias transfronterizas.
Las operaciones de esta Entidad quedan sujetas al cumplimiento de las normas sobre transparencia de las operaciones bancarias y la protección de la clientela, que se contienen en:
- Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 12 de diciembre de 1989 (B.O.E. número 303, del 19 de diciembre), sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad de entidades de crédito.
- Circular 8/1990 del Banco de España, de 7 de septiembre (B.O.E número 226, de 20 de Septiembre), sobre Transparencia de las operaciones y protección de la clientela, modificada con las siguientes circulares:
- Circular 22/1992 del Banco de España, de 18 de diciembre (B.O.E. número 229, de 23 de diciembre)
- Circular 13/1993 del Banco de España, de 21 de Diciembre (B.O.E. número 313, de 31 de diciembre)
- Circular 5/1994 del Banco de España, de 22 de julio (B.O.E. número 184, de 3 de agosto)
- Circular 3/1996 del Banco de España de 27 de febrero (B.O.E. número 63 de 13 de marzo)
- Circular 4/1998 del Banco de España de 27 de Enero (B.O.E. número 38 de 13 de febrero)
- Circular 3/1999 del Banco de España, de 24 de Marzo (B.O.E. número 83 de 7 de abril)
- Circular 7/1999 del Banco de España, de 29 de Junio (B.O.E. número 163 de 9 de julio)
- Circular 1/2000 del Banco de España de 28 de Enero (B.O.E. número 35 de 10 de febrero)
- Circular 3/2001 del Banco de España, de 24 de Septiembre (B.O.E. 242 de 9 de octubre)
- O.M. de 5 de mayo de 1994 (B.O.E. del 11 de mayo) sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios.
- Ley 7/1995 de Crédito al consumo, de 23 de marzo (B.O.E. núm. 72, de 25 de marzo)
- Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 25 de octubre de 1995 (B.O.E. del 2 de noviembre), que desarrolla el Real Decreto 629/1993, de 3 de mayo, sobre normas de actuación en los mercados de valores y registros obligatorios.
- Ley 9/1999, de 12 de abril, (B.O.E. 88 del 13 de abril) sobre régimen jurídico de las transferencias entre miembros de la Unión Europea, Orden de 16 de noviembre de 2000 que desarrolla la Ley 9/1999 (B.O.E. número 283 del 25 de noviembre).
- Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras (B.O.E. núm 72 de 24 de marzo)
Caixa Rural Torrent, como entidad perteneciente a la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito, dispone del servicio "Servicio de defensa del cliente de las cooperativas de crédito", para la salvaguarda de los derechos e intereses de un cliente. Dicho servicio está homologado por el Banco de España, y actúa como órgano equivalente al "Defensor del Cliente".
Cuando desee formular una reclamación ante el servicio de reclamaciones del Banco de España, deberá dirigirse previamente a:
DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
CAIXA RURAL TORRENT
Avda. Al Vedat, nº 3
46.900 TORRENT (VALENCIA)
Telf.: 96 159 51 65 - Fax.:96 157 59 52
Correo electrónico: atencion.cliente@ruraltorrent.com
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SERVICIO DE DEFENSA DEL CLIENTE
UNIÓN NACIONAL DE COOPERATIVAS DE CRÉDITO
C/ Alcalá, 55 - 3ª planta
28.014 MADRID
Telf.: 91 781 94 18 - Fax: 91 578 38 24
Correo electrónico: defensor_cliente_unacc@cajarural.com
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SERVICIO DE RECLAMACIONES DEL BANCO DE ESPAÑA
Calle Alcalá, nº 50
28.014 MADRID
De las reclamaciones y su tramitación: Reglamento para la Defensa del Cliente de Caixa Rural Torrent
Existe una hoja de tipos de cambio mínimos de compra y máximos de venta que se aplicarán a las operaciones de compraventa de billetes extranjeros o divisas contra euros, cuando el importe de las operaciones no exceda de 3.000 euros.
Aviso a clientes y socios.
De conformidad con la circular 8/1990 del Banco de España de 7 de Septiembre se comunica a los titulares de cuentas corrientes y cuentas de ahorro, a 1 de Enero de 1.990 que pueden solicitar los documentos contractuales de apertura de cuenta.
La LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL (Ley Orgánica 15/1.999 de 13 de diciembre) y el Real Decreto 994/1.999 regulan el tratamiento automatizado y las medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan tales datos, cuyo fin es proteger sus derechos relativos a la información, acceso, rectificación, cancelación y oposición de los que le conciernen. Tales datos se encuentran incorporados a nuestro fichero de clientes de los que hacemos uso en nuestras relaciones habituales y además podrán ser facilitados o incorporados a empresas vinculadas con nuestra Entidad para facilitarle información sobre productos o servicios que pudieran ser de su interés a nuestro criterio, salvo la instrucción expresa en contrario que deberán comunicarnos por escrito.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Circular nº 8/1.990 del Banco de España, sobre Transparencia de las operaciones y protección de la clientela (B.O.E. de 20.09.90), en sus normas QUINTA Y SEXTA, informamos a todos nuestros socios e impositores, titulares de las siguientes libretas de ahorro y cuentas corrientes:
Libreta de Ahorro Ordinaria y Libreta de Ahorro Socios
Cuenta Corriente ordinaria y Cuenta Corriente Ordinaria Socios
que con efecto 1 de Julio de 2010 el tipo de interés acreedor será 0%
Torrent, 30 de Abril de 2010
En cumplimiento de lo dispuesto en la Circular nº 8/1.990 del Banco de España, sobre Transparencia de la operaciones y protección de la clientela (B.O.E. de 20.09.90), en sus normas QUINTA y SEXTA, informamos a todos nuestros socios e impositores, titulares de cuentas de Ahorro Vivienda que el tipo de interés que la entidad abonará en dichas cuentas en la próxima liquidación será:
Para saldos medios en el periodo de liquidación inferiores a 3.000 euros: 0,10% nominal trimestral (0,10% T.A.E.).
Para saldos medios en el periodo de liquidación iguales o superiores a 3.000 euros: 2,25% nominal trimestral (2,27% T.A.E.)
LIQUIDACIÓN: Trimestral.
FECHA DE LIQUIDACIÓN: Último día del trimestre natural.
Torrent, 31 de Diciembre de 2009
En cumplimiento de lo dispuesto en la Circular nº 8/1990 del Banco de España, sobre Transparencia de las operaciones y protección de la clientela (B.O.E) de 20.09.90) en sus normas QUINTA Y SEXTA, les informamos de la modificación de comisiones que serán efectivas a partir del próximo 12 de agosto de 2010
OPERACIONES CON TARJETA DE DÉBITO
Las disposiciones de efectivo en cajeros de oficinas del Grupo Caja Rural será sin coste. En el resto de cajeros de la red Servired el coste será de 0,60€ por operación.
OPERACIONES CON TARJETA DE CRÉDITO
La reclamación de cada recibo impagado de cualquiera de las obligaciones correspondientes a la tarjeta de crédito devengará una comisión de 30€.
Se establece en 2 días, el número de días previos a la reclamación de recibo impagado.
TRANSFERENCIAS
Se establece una comisión de 0,20€ por operación realizada a través de Banca a distancia Ruralvia a otra entidad distinta de Caixa Rural Torrent.
Torrent, 12 de Julio de 2010.
CAIXA RURAL TORRENT